Ya nos hemos acostumbrado a que en algunas convocatorias de empleo nos pidan que aportemos nuestro propio vehículo. Por lo general, este hecho va acompañado de una pequeña compensación, generalmente de carácter económico, por utilizar material propio como si fuera de la empresa.

BYOD, ¿dónde está el límite?

No obstante, desde hace un tiempo, ha comenzado a ponerse de moda lo que se ha dado en llamar BYOD, de sus siglas en inglés Bring Your Own Device o Trae tu propio dispositivo. Esta práctica obliga al trabajador a aportar su propio teléfono móvil o su tablet para uso de la empresa.

¿A cambio de qué?

El tema está en que en la mayoría de los casos, y acogiéndonos a un vacío legal, el empleado no percibe absolutamente nada por utilizar su propio material. Tablets y smartphones son usados mayormente para uso de la empresa, pero a cambio de nada.

Es verdad que normalmente el empleado paga una tarifa plana y eso le permite usar sus dispositivos sin necesidad de que se le incremente el coste por utilizarlo en la oficina. Sin embargo, existen otros tipos de inconvenientes.

Tal vez uno de los más molestos para el trabajador móvil sea el de recibir llamadas o información fuera de su hora de trabajo, provocando situaciones que en algunos casos roza el abuso.

Pongamos por ejemplo ese día de descanso en el que un cliente llama de madrugada porque no funciona el aparato que le hemos configurado… y eso sin que nosotros estemos de guardia. ¿Dónde queda el derecho al descanso del trabajador? ¿Es que la ley nos obliga a que nuestro teléfono personal esté siempre disponible? Por supuesto que no.

Software en tablets y portátiles

Otro tema de fricción llega cuando la empresa nos solicita que instalemos un software de la compañía en nuestro propio dispositivo móvil. En muchos casos, además, este software es de seguimiento y la cuestión, mal planteada, puede ser motivo de disputa.

Sin embargo, todos estos problemas dejan de serlo cuando se llega a un acuerdo entre empresa y trabajador, un acuerdo de tipo contractual, en el que queden bien claras todas las posibilidades del uso del BYOD y cómo van a afectar al trabajador. Del mismo modo, se exige un uso responsable por parte de la empresa, que en todo momento debe respetar la intimidad del empleado móvil.