Definiríamos la jornada a tiempo parcial como toda aquella que dura menos que la jornada a tiempo completo, dando igual la fórmula del cómputo horario, por semanas, meses o años. Dicha jornada deberá trabajarse de forma continua o a jornada partida, mientras que no se realice más de una interrupción al día, a no ser que en convenio se refleje lo contrario.
Todo acerca de la jornada a tiempo parcial
Los tipos de horas en la jornada a tiempo parcial
En lo que concierne a las horas extraordinarias, el art. 35.3 del Estatuto de los Trabajadores deja bien claro que quedan prohibidas en este tipo de jornada laboral. En el caso de las horas complementarias es posible llegar a un pacto entre empleado y empresa, siempre que las horas complementarias acaben siendo añadidas al horario ordinario y se recojan por escrito en contrato.
Cómo se limitan y pagan las horas complementarias
En el caso en el que se hayan pactado horas complementarias en una jornada laboral a tiempo parcial, dichas horas no podrán pasar del 30% del horario ordinario. Existe una excepción, cuando se haya recogido lo contrario en convenio, ya que en estos casos puede llegar a pactarse hasta un máximo del 60% del horario reflejado en el convenio.
A la hora del pago, las horas complementarias se computarán como horas ordinarias.
Cómo se registra la jornada a tiempo parcial
Las empresas están obligadas al registro diario de la jornada laboral de los trabajadores a tiempo parcial, de manera que se pueda computar el total de la jornada cada mes y se entregue el registro al empleado junto a la nómina. Si se han hecho horas complementarias, también aparecerán registradas.
Los informes sobre este tipo de jornada deben ser guardados por la empresa al menos durante cuatro años.
Fuente: https://www.sesametime.com/es/la-jornada-laboral-tiempo-parcial/